Genealogía de Aragón |
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Los mallos de Riglos, en las Sierras Exteriores, ante la Collarada, en el corazón de los Pirineos.
DOCUMENTOS MAYORES (Testamentos y capitulaciones matrimoniales)
Documentos menores (compraventas, préstamos y otros documentos generales)
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BÚSQUEDA DOCUMENTAL Trazo dibujado a mano de un árbol genealógico. Los documentos que son de valor genealógicoAdemás de recurrir al Registro Civil y a los libros sacramenales de las parroquias, existen otros muchos tipos de documentos que sirven para reconstruir una familia, y también para enriquecerla en datos, detalles e información. Son, generalmente, de carácter notarial.A lo largo de los años hemos estudiado cientos de miles de documentos referidos a todos los pueblos y familias del Alto Aragón. Todo aquello que ha pasado por nuestras manos, lo hemos agrupado en índices para su fácil localización.Nuestras investigaciones continúan avanzando día a día, y en la misma medida todos nuestros índices se irán engrandeciéndose poco a poco. No deje de revisarlos regularmente.¿Cuáles son los documentos que conforman los índices? Los DOCUMENTOS MAYORES:-El testamento. Es el documento notarial más extendido en todos los derechos y sociedades, y no lo es menos en Aragón. Por él, una persona va a disponer qué va a ser de sus bienes una vez fallezca. En nuestra tierra, así como en tierras vecinas, como son Navarra y Cataluña, por su orografía difícil y el aislamiento de los pueblos, podía hacerse testamento ante el párroco o vicario de la iglesia de cada pueblo,
puesto que los sacerdotes eran abundantes que los notarios. Más adelante, cuando el testador ya había fallecido, el cura elevaba el testamento al notario, el cual lo ADVERABA o verificaba. Por eso econtraremos TESTAMENTOS llamados tal cuales, o ADVERACIONES DE TESTAMENTOS. En ellos, además del nombre del testador, suelen figurar los nombres de sus esposos, hijos, heredero universal, tutores de los hijos menores, cuidadores del patrimonio y ejecutores
testamentarios. A veces también figura la firma del testador. También hay TESTAMENTOS CERRADOS, que puede continuar cerrados si nadie pidió que se abrieran; y TESTAMENTOS MANCOMUNADOS, cuando lo hacen dos personas, generalmente un matrimonio. Cuando se trata de una adveración, muchas veces en su interior consta la cédula que levantó el párroco o vicario, siguiendo la costumbre de Aragón. En Cataluña y en las párroquias aragonesas que hasta 1995 pertenecieron a las diócesis de Lérida y Urgel, esas cédulas las
suele guardar el párroco en su libro de estamentos, porque la costumbre en dichas zonas era esa.
-La capitulación matrimonial. Es el acuerdo entre dos familias, especialmente económico, que se contrae, en la mayor parte de los casos, cuando se llega al matrimonio. A veces la capitulación matrimonial se hacía antes del acto religioso, incluso con los esponsales; y a veces muchos años después, hasta antes del testamento. No era obligatorio hacerla, pero sí conveniente. En el acto solían estar presentes los novios, sus padres, sus hermanos herederos y segundones, y otros parientes que tenían peso en la familia. Y se cita a los anteriores esposos, si los hubo, y los hijos que dejaron. Suele hablarse de la dote, que es el conjunto de bienes que una de las partes entrega a la otra, consistente en dineros, dinadas y bienes sitios, para enriquecer la casa a la que va. Por eso, el otro esposo suele ser el "hereu", el heredero único de esa casa, que recibe todo el patrimonio de sus antepasados en un solo lote. Este heredero contrae también la obligación de "arreglar" el futuro de sus hermanos segundones, mediante otros matrimonios, a ser posible con otros herederos; entrando en religión o en la milicia. Una variedad de la capitulación matrimonial es la llamada "EN CAMBIO", que es cuando contraen matrimonio dos hermanos de una casa, con dos hermanos de otra, habiendo en cada casa un heredero. En cuanto al heredero, no ha de ser necesariamente el primogénito, como vulgarmente se cree, sino el más capaz. De este modo, en muchas ocasiones la heredera es una mujer, y es ella la que, en los años siguientes a su matrimonio, decide el arreglo de sus hermanos segundones. La CAPITULACIÓN MATRIMONIAL en un documento muy frecuente en Aragón, Navarra y Cataluña, pero infrecuente donde se seguido el Derecho de Castilla. -El nombramiento de heredero. Es otro de los documentos que nos puede servir para la reconstrucción de una familia. Es cuando una persona designa directamente a su sucesor. Generalmente se arregla todo "en vida". No es un documento muy usual en Aragón, al menos en nuestra Historia, dado que las capitulaciones matrimoniales solían tener un apartado en las que se incluían ya todos estos extremos. Quizás la percepción sea que abunden entre las personas solteras o longevas. Al igual que las donaciones y las cesiones entre parientes, a veces se usaba esta fórmula legal para que la persona cedente fuera cuidada y mantenida durante el tiempo que le quedara de vida, a cambio de recibir el cuidador todos sus bienes cuando aquél fallezca. -El ápoca de dote. Es uno de los documentos más abundantes que podemos encontrar en las colecciones notariales. Es un simple recibo, a veces llamado albarán. En el consta el cumplimiento de los plazos en los que se va satisfaciendo las dotes matrimoniales desde el momento en que se firmó la capitulación matrimonial. Es un documento muy válido para la genealogía, pues en muchas ocasiones no logra hallarse la capitulación matrimonial, y en el ápoca puede constar, como de hecho así ocurre en muchas ocasiones, la fecha en que se dictó dicho capítulo, en qué lugar y ante qué notario. La ápoca "fin de pago", demuestra que todas las dotes y acuerdos matrimoniales se han pagado por completo. -Los esponsales. Es un documento que habla de una promesa de futuro matrimonio de una pareja. Es probable que el novio tenga que cumplir alguna función, como ir al ejército, o arreglar su documenación en el lugar de donde procede. También es habitual firmar unos esponsales mientras se espera la resolución de una dispensa pontificia, dado que ambos contrayentes son parientes en algún grado de consanguinidad o afinidad. O hay que esperar un tiempo de viudedad, algo poco común en Aragón, al primar el sostenimiento "de la casa" sobre otros aspectos sociales. Es, en fin, una promesa de matrimonio en espera. En este sentido, también hay rupturas de mutuo acuerdo, e incluso pleitos por no haberse cumplido la promesa. En los esponsales, como prueba del afecto, cada uno de los novios entrega al otro un objeto, como pueden ser las tacitas de plata sin fondo o los llamadores fálicos, en el caso de los novios; o una liga o alguna prenda femenina, en el caso de las novias. En los documentos se refleja concretamente ese regalo. -Certificaciones de los libros parroquiales. No sólo los párrocos podían dar fe de las actas de sus libros, mediante la expedición de certificados. También podían hacerlo (y pueden) los notarios, y más en los tiempos en que todavía no existía el Registro Civil, que nace en España en el año 1871. No es infrecuente encontrarse certificaciones de bautismo, confirmación, matrimonio, residencia y defunción entre los protocolos notariales, sobre todo cuando un sujeto pretendía acceder a un cargo público, eclesiástico o militar; o bien se emprendía un viaje, y había que demostrar por el camino de dónde se venía. Las certifiaciones son habituales para las limpiezas de sangre, cuando, por ejemplo, se tenía que demostrar que se era "cristiano viejo". -Las firmas de aprendiz de oficios. Se trata de un contrato de trabajo, por el que, generalmente, un niño, lo "cede" la familia a un maestro artesano, para que en una serie de años siguientes, el pequeño sea formado en un oficio. Durante todo ese tiempo, el niño no sólo aprende, sino que también va trabajando en labores cada vez más complicadas, a cambio de ser cuidado, alimentado, vestido y calzado. El maestro también lo atenderá cuando caiga enfermo, corriendo de su bolsillo las atenciones médicas. Son documentos bastante habituales en el período de los Austrias, antes de 1707, y suelen hallarse practicarse en las ciudades, donde existen los Gremios artesanales. Para la Genealogía tienen un gran valor, y solemos recogerlos todos, puesto que, muchas veces, con ellos, consta un apellido que inmigra de los pueblos a las ciudades, o desde otros países, como Francia, a nuestra tierra. En las ciudades de Jaca, Barbastro y Huesca, que es donde hubo gremios artesasnales en nuestro Alto Aragón, son innumerables los documentos existentes de este tipo; y también en las villas grandes, para los oficios derivados de la ganadería. No son muchos, pero también se han hallado contratos hechos a mujeres, que se dedicarán a la servidumbre. -Nombramientos. Suelen ser de sacerdotes, capellanes, ermitaños, monjes y monjas, que toman posesión de un destino como puedan ser las capillas de una iglesia, vicarías, rectorías, ermitas... o acceden como novicios a conventos y monasterios. Salvo los que estudian para el sacerdocio, el resto suelen ser designado por una clase dominante, como puedan ser los nobles y el clero, o a veces los concejos generales de los pueblos. Como el que puedan sobrevivir gracias a las limosnas era bastante complicado, cada nombramiento suele venir acompañado con una designación de patrimonio, que va ligado al puesto o cargo que se desempeña; o bien a la persona que lo toma. En este caso, el patrimonio lo suele entregar su propia familia. Entre este tipo de documentos, no hay que desdeñar los ingresos de estudiantes en la universidad y en el ejército. -Designaciones de Patromino. Cuando un joven termina sus estudios sacerdotales, la familia le entregaba parte de sus bienes sitios, como puedan ser campos, huertos, viñedos y olivares, para el nuevo cura pueda mantenerse mientras viva a través de las rentas que reciba, cediéndolos a terceros mediante el alquiler, alparcería y medianería. También, a veces, en el paquete de bienes que se recibe, puede haber diezmos, deudas e hipotecas, en las que el acreedor es el propio sacerdote. O rebaños de ovejas que un tercero pastoreará a cambio de llevarse el sacedote la mitad de la lana. Los documentos en sí tienen la importancia genealógica que merencen, puesto que, generalmente, se habla de toda la parentela viva del sacerdote, que ofrece el patrimonio. -Las Conducciones a Conductas. La acepción de 'conducta' está en desuso en nuestra lengua. Es el "ajuste o convenio que se hace con el médico para que asista y cuide de la curación de los enfermos en algún pueblo o territorio, y el estipendio oretribución que se le da." Son innumerables estos tipos de ajustes en nuestros pueblos altoaragoneses, propiciados por los concejos generales, y que se extienden también a otros profesionales de la salud, como son los cirujanos, albeitares, ministrantes, barberos. Y también los maestros de niños y artesanos especializados, como puedan ser los picapedreros, albañiles, doradores de retablos... Muchas veces estos documentos hablan de la procedencia del profesional, que acaba estableciéndose y formando una nueva familia en el pueblo de su destino. -Los Píos legados. En un tiempo en los que los bancos no existían, el dinero lo acumulaban, como siempre, las clases dominantes. Un modo con el que se comprometían estas clases altas con el resto de los estratos sociales era mediante la fundación de píos legados, una especie de bolsa que se nutría por las rentas que propiciaban numerosas propiedades, ligadas a dicho pío legado. Hay una circunstancia insalvable en la sociedad altoaragonesa que superaba con creces las diferencias sociales, y era (y es) la profunda endogamia de buena parte de sus familias, de tal modo que, en cualquier pueblo, todos sus habitantes estaban emparentados de algún modo. Era lo que se denominaban "los pueblos estrechos": la dificultad de que un joven encontrara una pareja fuera de su circulo familiar. Tal circunstancia convería el casarse "en una carrera" para poder disputarse un enlace beneficioso en pueblos un tanto alejados, a veces de varias leguas. En esta carrera, en muchas ocasones, entraban de lleno los sacerdotes ya ancianos de los pueblos, que, viéndose ya cercanos a la muerte, ceden sus patrimonios sacerdotales para fundar un pío legado. La mayor parte de estos "bancos" se dedicaban a "casar doncellas". Es decir, que las novias, cuando iban a contraer matrimonio, además de ir a la capitulación matrimonial con la dote que le proporcionan sus padres, acudían también con el derecho a recibir cierta suma de los píos legados, que muchas veces, en los siglos XVII yXVIII, era de 50 libras jaquesas. Los píos legados, gracias a esa edogamia, solían beneficiar a todas las muchachas de un pueblo, sin expepción. -Acogimientos. Generalmente son de nuevos vecinos. En los pueblos no era fácil asentarse cuando se venía de lejos. El documento en sí es bastante frecuente, dado que el Alto Aragón no sólo es una frontera con Francia, sino también con el resto de Europa. Hablamos de una Europa que ha sido mucho más convulsa que España a lo largo de los siglos, y en la que nuestro Estado se veía como un refugio seguro. Antes hablábamos de los niños aprendices... No fueron pocos los padres que traían hasta Jaca, Barbastro o Huesca a sus hijos varones, para dejarlos con un artesano, y se volvían a continuación a su país inmerso en una guerra. Los acogimientos suelen ser de personas adultas, y son los concejos generales quienes resulelven la aceptación. Ni que decir tiene que este acto suponía la importación de nuevos apellidos a nuestra tierra, que muchas veces permancen inalterados en la lengua de procedencia, o bien se traducen al español. -Adopciones de niños y nombramientos de tutores. En un tiempo en el la vida era más compleja que la de nuestros días, estos tipos de documentos son más frecuentes de lo que se pueda uno imaginar. La esperanza de vida era tan corta, y las muertes por fiebres puerperales eran tan corrientes, que los niños solían econtrarse en seguida sin el abrigo de uno de sus padres, o de los dos. Las adopciones eran muy habituales, y los nombramientos de tutores todavía lo eran más, al haber quedado de sus padres cierto número de bienes que hay que seguir administrando o cultivando. Cuando los niños no tenían otro parientes, ni tampoco bienes familiares, y no había nadie más que puediera hacerse cargo de ellos, existía en las ciudades (al menos en Huesca, Barbastro y Jaca) la figura del "padrehuérfanos", una especie de tutor nombrado por el concejo general o ayuntamiento, que velaba por su supervivencia. -Los inventarios de bienes. Son también documentos muy comunes en la documentación notarial, que relacionan todas las cosas que una persona tenía al fallecer. Suele suceder, por ejemplo, que esa persona fallecida estuvera casado varias veces, y que los hijos que tuvo, sean unos de la primera esposa, y los otros de la segunda. La situación solía ser una fuente de problemas, para la cual el notario comenzaba su procedimiento inventariando la totalidad de los bienes. Luego, a todos ello, vendrían los nombramientos de árbitros y sus sentencias arbitrales; y la aceptación de los contendientes de dicha resolución. Los protocolos notariales de nuestro Alto Aragón están repletos de pleitos así. Pero, dentro de todos estos embrollos, haya algo que sí es atractivo para el investigador de sus genealogía, y es la enumeración de los bienes que tuvo un antepasado tuyo... hasta el último trapo. ACTAS MATRIMONIALES:A lo largo
de los años y de todas nuestras investigaciones hechas, hemos ido agrupando
las Actas de Matrimonio halladas de buena parte de las parroquias del Alto Aragón, en la Colección Documental nº 20, otra de nuestras principales colecciones de nuestro Archivo. También está en progresivo aumento, según continúan nuestros estudios. En su inmensa mayoría, todas las descripciones de actas recogidas son de caráter religioso.
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